El golpe de estado municipal en Mercedes, Corrientes, por Carlos H. Güttner



En medio de los trágicos acontecimientos que sacuden al país, el gobernador de Corrientes ha decidido vulnerar el régimen constitucional de la provincia, violar la autonomía municipal de la ciudad de Mercedes y desconocer la voluntad popular que consagró a Víctor Cemborain como Intendente.

En efecto, el 15 de Septiembre de 2.013 se llevaron a cabo las elecciones en las que un frente vecinal terminó con la hegemonía radical en la ciudad de Mercedes y consagró a Víctor Cemborain como nuevo intendente municipal, con estos guarismos:



Alianzas Intendente / Vice

Cambio Solidario Mercedeño (PJ y Vecinalismo)            10.649 votos      (50,97 %)

Encuentro por Corrientes (UCR y aliados)                     10.244 votos      (49,03 %)





Enfurecido por la derrota en su ciudad natal, el reelecto gobernador de Corrientes manifestó públicamente que no permitiría que Cemborain asumiera, desconociendo así el pronunciamiento popular y poniendo de manifiesto su escasa vocación democrática y el profundo desprecio al sistema republicano de división de poderes.

Como hace con todos los oponentes de fuste, Colombi apela a un Poder Judicial adicto, sospechado de corrupción y parcialidad, para extorsionar o amedrentar cualquier intento individual o colectivo de disputarle legítimamente el poder omnímodo que ejerce en la provincia de Corrientes.

En tiempo récord, la cuestionada justicia local activó una causa por Lesiones contra Víctor Cemborain y logró que en segunda instancia se confirmara el fallo del tribunal inferior para impedir que asumiera la intendencia, no obstante la apelación interpuesta ante una sentencia que no está firme y por un delito menor.

En Corrientes no hay un solo funcionario procesado por corrupción o delitos relacionados con la función pública que tenga condena firme desde que la dinastía Colombi se hizo cargo de la provincia, hace más de una década. Pero un intendente electo de signo opositor fue rápidamente condenado ¡por lesiones! a partir de la arenga pública del gobernador a la Justicia, con el único fin de impedir que asumiera el cargo para el que fue ungido por la voluntad popular.

Insólito… Cosas de una justicia adicta al poder político feudal y despótico que campea en muchas provincias argentinas.

Peor aún, no se escuchó una sola voz de reprobación opositora a este acto lesivo del orden constitucional y municipal. ¿Dónde están Carrió, Solanas, Cobos, Binner, Macri, De la Sota, De Narváez, Massa y el resto de los dirigentes que ejercen monopólicamente el rol de paladines del sistema republicano y defensores de la Constitución y la democracia?

El diario Clarín no lo publicó.

Ayer, el Concejo Deliberante decidió –en una votación que hubo de desempatar su Presidente porque los números no daban- no tomarle juramento al legítimo Intendente electo de la ciudad de Mercedes, por capricho del gobernador que no tolera a un hombre de distinto signo político como jefe comunal de su ciudad natal. Justamente lo que él muchas veces critica del gobierno nacional: la intolerancia y del desprecio hacia quien piensa distinto en materia política.

El artículo 216 de la Constitución de la Provincia de Corrientes establece claramente: “Esta Constitución reconoce la existencia del municipio como una comunidad de derecho natural y sociopolítica, fundada en relaciones estables de vecindad y como una entidad autónoma en lo político, administrativo, económico, financiero e institucional. Su gobierno es ejercido con independencia de todo otro poder (…)”

El avasallamiento de la autonomía municipal por parte de un poder que se excede en el marco de su competencia hasta límites absurdos, rayanos al despotismo y al abuso de poder, resulta más que evidente en este caso.

Colombi, como cabeza del Poder Ejecutivo de la provincia, no tiene ninguna facultad para influir en el Poder Judicial o en el Concejo Deliberante a fin de evitar la asunción de un Intendente elegido por el voto popular.

El mismo artículo 216 reza en su segundo párrafo que “Ninguna autoridad puede vulnerarla autonomía municipal consagrada en ésta Constitución (…)”

Violar la letra de la Constitución provincial, la autonomía municipal, la división de poderes y el estado de derecho es cuanto menos una situación gravísima que amerita la posibilidad de una intervención federal y deja latente un escenario de crisis institucional que nadie quiere en la provincia.

Para peor, en el día de ayer la policía del gobernador Colombi sitió las calles de Mercedes con el único fin de impedir que el pueblo acompañara al Intendente electo Víctor Cemborain al acto de jura en el Palacio Municipal.

Un escenario patético y lamentable, igual que el del 24 de Marzo de 1.976 .

Justo cuando se cumplían 30 años del retorno a la Democracia.

Este golpe de estado municipal acaecido en la ciudad correntina de Mercedes termina siendo un agravio a la figura del ex presidente Raúl Alfonsín, perpetrado por indignos correligionarios suyos que no practican con los hechos la vocación democrática de su extinto líder.

La policía arremetiendo contra el pueblo y sitiando el Palacio Municipal para impedir que se cumpla con la voluntad popular también reedita el nefasto Mayo de 1.962 cuando los sectores reaccionarios del radicalismo balbinista y de la dictadura militar le impidieron asumir su cargo al gobernador electo de la provincia de Buenos Aires, el peronista Andrés Framini.

Aquellos uniformados de ayer que luego darían el golpe contra Frondizi, y estos uniformados de hoy que facilitaron el golpe de estado municipal en Mercedes, son parte de la misma matriz de intolerancia que agrede al sistema democrático.

El artículo 3 de la Carta Magna provincial dice que la soberanía reside en el pueblo.

Mal que le pese al gobernador, el pueblo de Mercedes ha elegido a Víctor Cemborain como su legítimo intendente, en comicios ejemplares.

Por imperio de esa soberanía popular y en apego a la autonomía municipal, el señor Cemborain debe asumir su cargo.

El orden constitucional preceptuado en el artículo 35 de la Carta Magna provincial determina que “En ningún caso autoridad alguna puede suspender la observancia de esta Constitución ni la de la Nación, ni la vigencia efectiva de las garantías y derechos establecidos en ambas (,,,) Cualquier disposición adoptada por las autoridades en presencia o a requisición de fuerza armada o reunión sediciosa que se atribuya los derechos del pueblo, es nula de nulidad absoluta (…)”

Quedan advertidos el señor Gobernador de la provincia, los jueces y los ediles que facilitaron la comisión de estos hechos a través del cerco policial y el proceder ilegítimo, de las graves consecuencias del episodio Cemborain en Mercedes.

La nulidad absoluta no es la sanción más severa que nuestro orden jurídico prevé, ni el remedio federal.

Es la propia Constituciónde la Provincia de Corrientes la que atribuye al pueblo en el artículo 35 el siguiente mandato: “Es deber de todo ciudadano contribuir al restablecimiento del orden constitucional y de sus autoridades legítimas, y oponerse al gobierno usurpador.”

Y la atribución constitucional ínsita en el artículo 35, a la vez que un derecho impone una obligación y consagra una garantía que ningún poder ha de soslayar: “Nadie debe obediencia a quienes asumen funciones en violación de los procedimientos que la Constitucióny las leyes establecen.”

Respetemos la Constitución y la voluntad popular a 30 años de Democracia.

Seamos sensatos.-

Comentarios